Tarificación

Eléctrica

La legislación vigente establece como premisa básica que las tarifas deben representar los costos reales de generación, transmisión y de distribución de electricidad asociados a una operación eficiente, de modo de entregar las señales adecuadas tanto a las empresas como a los consumidores, a objeto de obtener un óptimo desarrollo de los sistemas eléctricos.

Uno de los criterios generales es la libertad de precios en aquellos segmentos donde se observan condiciones de competencia. Así para suministros a usuarios finales cuya potencia conectada es inferior o igual a 5.000 kW, son considerados sectores donde las características del mercado son de monopolio natural y por lo tanto, la Ley establece que están afectos a regulación de precios. Alternativamente, para suministros a usuarios finales cuya potencia conectada superior a 5.000 kW, la Ley dispone la libertad de precios, suponiéndoles capacidad negociadora y la posibilidad de proveerse de electricidad de otras formas, tales como la autogeneración o el suministro directo desde empresas generadoras. Al primer grupo de clientes se denomina cliente regulado y al segundo se denomina cliente libre, aunque aquellos clientes que posean una potencia conectada superior a 500 kW pueden elegir a cual régimen adscribirse (libre o regulado) por un período de 4 años.

En los sistemas eléctricos cuyo tamaño es superior a 1.500 kW en capacidad instalada de generación la Ley distingue dos niveles de precios sujetos a fijación:

  1. Precios a nivel de generación-transporte, denominados «Precios de Nudo» y definidos para todas las subestaciones de generación-transporte desde las cuales se efectúe el suministro. Los precios de nudo tendrán dos componentes: precio de la energía y precio de la potencia de punta;
  2. Precios a nivel de distribución. Estos precios se determinarán sobre la base de la suma del precio de nudo, establecido en el punto de conexión con las instalaciones de distribución, un valor agregado por concepto de distribución y un cargo único o peaje por concepto del uso del sistema de transmisión troncal.

Mientras los generadores pueden comercializar su energía y potencia en alguno de los siguientes mercados:

  • Mercado de grandes consumidores, a precio libremente acordado;
  • Mercado de las empresas distribuidoras, a Precio de Nudo, tratándose de electricidad destinada a clientes de precio regulado; y
  • El Centro de Despacho Económico de Carga del respectivo sistema (CDEC), a costo marginal horario.

El precio que las empresas distribuidoras pueden cobrar a usuarios ubicados en su zona de distribución, por efectuar el servicio de distribución de electricidad, dado por la siguiente expresión:

Precio a usuario final = Precio de Nudo + Valor Agregado de Distribución + Cargo Único por uso del Sistema Troncal

VAD 2016 – 2020 y Servicios Asociados

RESOLUCIONES

Resolución Exenta N°699 de fecha 29 de diciembre 2015
Comunica Definición de Áreas Típicas y Documentos Técnicos con Bases del “Estudio para el Cálculo de las Componentes del Valor Agregado de Distribución; Cuadrienio Noviembre 2016 - Noviembre 2020” y “Estudio de Costos de Servicios Asociados al Suministro de Electricidad de Distribución”.
Resolución Exenta N°79 de fecha 10 de febrero 2016
Emite pronunciamiento respecto de aceptación o rechazo de observaciones que indica y Aprueba Definición de Áreas Típicas y Documentos Técnicos con Bases del “Estudio para el Cálculo de las Componentes del Valor Agregado de Distribución; Cuadrienio Noviembre 2016 - Noviembre 2020” y “Estudio de Costos de Servicios Asociados al Suministro de Electricidad de Distribución”.
Resolución Exenta N°83 de fecha 17 de febrero 2016
Aprueba lista de empresas consultoras elegibles por las empresas concesionarias de distribución para efectuar el estudio al que se refiere el artículo 183° de la Ley General de Servicios Eléctricos.
Resolución Exenta N°311 de fecha 4 de abril de 2016
Comunica clasificación de Comunas a Empresa de Referencia para el estudio "Estudio para el Cálculo de las Componentes del Valor Agregado de Distribución; Cuadrienio Noviembre 2016 - Noviembre 2020" y "Estudio de Costos de Servicios Asociados al Suministro de Electricidad de Distribución"
Resolución Exenta N°553 de fecha 29 de septiembre de 2017
Aprueba el Informe Técnico Factor de Ajuste de Potencia (FAPN) Fijación de fórmulas tarifarias para concesionarias de servicio público de distribución cuadrienio noviembre 2016 - noviembre 2020.
Resolución Exenta N°760 de fecha 27 de diciembre de 2017
Rectifica Informe Técnico Factor de Ajuste de Potencia (FAPN) Fijación de fórmulas tarifarias para concesionarias de servicio público de distribución cuadrienio noviembre 2016 - noviembre 2020, aprobado mediante Resolución Exenta de la Comisión Nacional de Energía N° 533, de fecha 29 de septiembre de 2017.

CONTENIDOS BÁSICOS DE LOS ESTUDIOS DE COSTOS Y OTROS ANTECEDENTES RELEVANTES DEL PROCESO, CONFORME ARTÍCULO 190° DEL DFL N°4/06

Estudios de Costos CNE
Áreas Típicas 1 - 6
Estudios de Costos Empresas
Áreas Típicas 1 - 6
Informe Técnico Fijación de Fórmulas Tarifarias para Concesionarios de Servicio Público de Distribución

ESTUDIO DE COSTOS DE SERVICIOS ASOCIADOS AL SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD DE DISTRIBUCIÓN

Resolución Exenta CNE N° 31, de fecha 19 de enero de 2017
Téngase por recibido conforme el Estudio de Costos de Servicios Asociados al Suministro de Electricidad de Distribución que indica.
Carta CNE N° 25, de fecha 20 de enero de 2017
Comunica publicación del "Informe Final Estudio de Costos de Servicios Asociados al Suministro de Electricidad de Distribución".
Informe Final
Memoria de Cálculo
Áreas Típicas 1, 2 y 3
Memoria de Cálculo
Áreas Típicas 4, 5 y 6
Observaciones al "Estudio de Costos de Servicios Asociados al Suministro de Electricidad de Distribución"
Documento de Trabajo
Antecedentes Documento de Trabajo
Resolución Exenta CNE N° 213, de fecha 27 de abril de 2017
Aprueba Informe Técnico “Fijación de Fórmulas Tarifarias de Servicios no Consistentes en Suministro de Energía, Asociados a la Distribución de Electricidad”.
Antecedentes Informe Técnico
Resolución Exenta CNE N° 500, de fecha 6 de septiembre de 2017
Aprueba Informe Técnico “Fijación de Fórmulas Tarifarias de Servicios no Consistentes en Suministro de Energía, Asociados a la Distribución de Electricidad”.
Antecedentes Informe Técnico
Dictamen Panel de Expertos
Dictamen N° 6 de 2017

NUEVO ESTUDIO DE TARIFAS DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 187°, PARTE FINAL, DE LA LEY GENERAL DE SERVICIOS ELÉCTRICOS

Resolución Exenta CNE N° 560, de fecha 6 de octubre de 2017
Aprueba Acuerdo Unánime para efectuar Nuevos Estudios de Tarifas de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 187°, parte final, de la Ley General de Servicios Eléctricos, suscrito entre la Comisión Nacional de Energía y las Empresas concesionarias de servicio público de distribución.
Resolución Exenta CNE N° 173, de fecha 5 de marzo de 2018
Aprueba Nuevo Informe Técnico “Actualización de Fórmulas Tarifarias para Concesionarias de Servicio Público de Distribución” Acuerdo Unánime para efectuar Nuevo Estudio de Tarifas de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 187°, parte final, de la Ley General de Servicios Eléctricos.

Respaldos