Comisión Nacional de Energía emitió Informe Técnico del Cálculo del Valor Agregado de Distribución

26 de diciembre del 2022

Este hito es relevante dentro del actual proceso, pues tiene como objetivo obtener los costos medios de prestar el servicio público de distribución sobre la base de una empresa modelo eficiente que opera en el país y que cumple con la ley y la normativa vigente.

La Comisión Nacional de Energía emitió el viernes 23 de diciembre el Informe Técnico del Cálculo del Valor Agregado de Distribución (VAD) correspondiente al cuatrienio noviembre 2020 – noviembre 2024, de acuerdo con lo que establece el artículo 183 bis de la Ley General de Servicios Eléctricos y conforme a las reglas establecidas en el artículo sexto transitorio de la Ley 21.194 (“Ley Corta de Distribución”, que rebaja la rentabilidad de las empresas de distribución y perfecciona el proceso tarifario de distribución eléctrica).

Este es un hito clave en el proceso de determinación del VAD, el cual corresponde al primero bajo las reglas de la Ley Corta de Distribución de 2019, y que consideró una instancia participativa en la cual las empresas concesionarias de distribución y otros interesados pudieron presentar observaciones al estudio de costos elaborado por la empresa consultora encargada de dicho estudio.

Los resultados del Informe Técnico se presentan en moneda a la fecha de referencia del estudio (31 de diciembre de 2019), y para su aplicación deberán ser actualizados conforme a las fórmulas de indexación que allí se establecen.

El cálculo del VAD tiene como objetivo obtener los costos medios de prestar el servicio público de distribución sobre la base de una empresa modelo eficiente que opera en el país y que cumple con la ley y la normativa vigente. Dichos costos se calculan para determinadas Áreas Típicas de Distribución fijadas por la Comisión, que agrupan empresas cuyos costos de prestar el servicio de distribución y la densidad de clientes por kilómetro son similares entre sí, seleccionando a una de ellas como empresa de referencia para el dimensionamiento eficiente de costos de acuerdo con sus restricciones geográficas, distribución de clientes, entre otros. De los costos derivados del cálculo del VAD se obtendrán posteriormente las tarifas de distribución de todas las empresas distribuidoras y cooperativas eléctricas.

Autoridades

El Ministro de Energía, Diego Pardow, valoró la labor realizada por la CNE, indicando que este “es el primer proceso que se construye considerando las modificaciones introducidas en 2019. Lo anterior involucró un intenso trabajo técnico por parte de la Comisión y un constante dialogo con las empresas. Valoramos este hito y estaremos atentos a las instancias venideras establecidas en la normativa”.

Este hito también fue destacado por el Secretario Ejecutivo de la CNE, Marco Antonio Mancilla: “La Comisión ha avanzado un paso más en este primer proceso tarifario con las nuevas reglas legales introducidas el 2019. Y tal como lo mandata la Ley, este organismo ha revisado, corregido y adecuado los resultados del estudio de costos en lo técnicamente pertinente, haciéndose cargo de las más de 800 observaciones realizadas por las empresas distribuidoras. Si bien todavía está pendiente la etapa de discrepancias en Panel de Expertos, a nuestro juicio los resultados parciales reflejan de mejor manera los costos eficientes de esta actividad en las diversas regiones del país, permitiendo que los consumidores finalmente paguen tarifas justas y reciban la calidad de servicio adecuada que será reconocida tarifariamente.”

El Proceso

El cálculo del VAD se encuentra regulado en la Ley General de Servicios Eléctricos, y lo debe desarrollar cada cuatro años la Comisión Nacional de Energía.

Este proceso, que se inició a comienzos del 2020 mediante la determinación de la Áreas Típicas Distribución y la posterior emisión de las Bases Técnicas del Estudio de Costos, es el primero que se desarrolla bajo los preceptos de la Ley Corta de Distribución, promulgada en diciembre de 2019. Dicha Ley rebajó la tasa de rentabilidad de las empresas de distribución para efectos del cálculo del VAD, dejando atrás la tasa fija de 10% antes de impuestos de procesos tarifarios anteriores, y estableciendo que esta debe ser calculada por la Comisión previo al estudio de costos, estableciendo una banda entre el 6% y el 8% después de impuestos para dicha tasa. Como resultado de lo anterior, el proceso 2020-2024 considera una tasa del 6% después de impuestos.

Además, la Ley Corta de Distribución modificó el proceso tarifario disponiendo la realización de un único informe por parte de la Comisión (reemplazando la ponderación de informes entre CNE y empresas que se conocía coloquialmente como “2/3-1/3”), incorporando un Comité que ejecuta y supervisa el estudio de costos que debe realizar un consultor, estableciendo de manera transitoria la obligatoriedad de definir al menos cuatro Áreas Típicas para las cooperativas eléctricas en el proceso 2020-2024, e incorporando una instancia ante el Panel de Expertos, entre otros cambios.

De este modo, el cálculo del VAD se realizó para 12 empresas de referencia, en lugar de las 6 de los procesos previos. Lo anterior permite mejorar la representatividad de los costos eficientes de prestar el servicio de distribución respecto a las condiciones que presentan las distintas empresas y zonas de concesión. En consecuencia, a partir de este cálculo se determina una remuneración a las empresas distribuidoras ajustada a las exigencias de calidad de servicio que establece la normativa vigente, y que obliga a empresas y cooperativas a cumplir.

Con el Informe Técnico de la Comisión se cumple un hito importante en el proceso de determinación de tarifas de distribución, el cual continúa con la presentación de discrepancias ante el Panel de Expertos por parte de empresas e interesados que efectuaron observaciones al estudio de costos. Como resultado de lo anterior, la Comisión deberá emitir un Informe Técnico Definitivo que considere el dictamen del Panel de Expertos.

El proceso culmina con la elaboración del Informe Técnico de Propuesta de Fórmulas Tarifarias, donde la estructuración de las tarifas debe efectuarse de tal forma que se reflejen los costos determinados en el Informe Técnico del VAD y que la tasa de rentabilidad económica de la industria, después de impuestos a las utilidades, se encuentre dentro de la banda establecida por la Ley. Todos los actores de la sociedad civil y empresas inscritas podrán realizar observaciones a la propuesta de fórmulas tarifarias presentada por la Comisión, para posteriormente realizar el envío al Ministerio de Energía de la propuesta de fórmulas tarifarias, y la emisión del respectivo decreto tarifario por parte de dicha cartera.

Para acceder al Informe pinche acá: https://www.cne.cl/tarificacion/electrica/

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