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CNE aprobó el término anticipado por fuerza mayor de los contratos de suministro de Huemul Energía SpA respaldados por el proyecto Ckani

La Comisión Nacional de Energía (CNE) emitió la Resolución Exenta N°292, que aprueba el término anticipado por fuerza mayor de los contratos de suministro de Huemul Energía SpA, filial del Grupo Mainstream Renewable Power, respaldados por el proyecto eólico Ckani.

Dichos contratos de suministro, adjudicados en virtud del proceso licitatorio 2015/01 en agosto de 2016, iniciaron el suministro de energía el 1 de octubre de 2021, por una cantidad de 374 GWh/año a un precio actual de 52,1 USD/MWh, y debían ser respaldados por el proyecto eólico Ckani, de 109 MW de capacidad instalada, ubicado en la región de Antofagasta.

Motivos

De acuerdo con lo informado en la Resolución, el proyecto Ckani enfrentó graves dificultades para completar su construcción, debido a que se verificó el hallazgo de una serie de restos arqueológicos que habrían sido parte de un importante centro ceremonial prehispánico, denominado sitio “Ckonatur Marka”, resultando en la paralización total de las obras de construcción por parte del Consejo de Monumentos Nacionales.

Es así como, debido a la imposibilidad de concretar el proyecto que respalda el contrato de suministro en las condiciones comprometidas, Huemul y las empresas distribuidoras solicitaron a la CNE el término anticipado por razones de fuerza mayor, según lo establecido en el artículo 45 del Código Civil y de las condiciones establecidas en los respectivos contratos de suministro.

Luego de analizar detalladamente los antecedentes particulares del caso, considerando la magnitud del hallazgo, su importancia arqueológica, el impacto en el desarrollo del proyecto, y el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de Huemul, la CNE accedió a la solicitud en orden a autorizar que dicho hallazgo constituye un evento de fuerza mayor excepcional que habilita el término anticipado de los contratos.

El Secretario Ejecutivo de la CNE, Marco Antonio Mancilla, indicó que “el término anticipado de contratos de suministro es una evaluación que la CNE realiza caso a caso, con equipos que han analizado en profundidad las circunstancias y los elementos de análisis del caso particular en el que se encontraba el proyecto Ckani, llegando al convencimiento de que ameritaba aprobar el término anticipado de los contratos de suministro. Con todo, dicho término no compromete la seguridad de suministro a los clientes regulados, al existir holgura suficiente de contratación en el sistema para suplir el suministro requerido”.