

{"id":39,"date":"2015-05-24T21:49:10","date_gmt":"2015-05-25T00:49:10","guid":{"rendered":"http:\/\/localhost:8888\/wp-cne\/?page_id=39"},"modified":"2026-04-07T11:44:51","modified_gmt":"2026-04-07T15:44:51","slug":"sipco","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.cne.cl\/en\/tarificacion\/hidrocarburos\/sipco\/","title":{"rendered":"SIPCO, reemplazado por MEPCO"},"content":{"rendered":"<h3>Hist\u00f3rico Sistema de Protecci\u00f3n al Contribuyente ante las Variaciones en los Precios Internacionales de los Combustibles<\/h3>\n<p>El SIPCO fue creado por la Ley N\u00ba 20.493 publicada el 14 de febrero del 2011, con la finalidad de establecer un mecanismo de protecci\u00f3n ante las variaciones en el precio internacional de los combustibles incluidos en la Ley N\u00b0 18.502, a trav\u00e9s de una componente variable que se resta o se suma de la componente base del impuesto espec\u00edfico a los combustibles, cuando existe un cr\u00e9dito o un impuesto respectivamente. Este cr\u00e9dito o impuesto es determinado mediante diferenciales entre el precio de paridad de importaci\u00f3n y los l\u00edmites superior o inferior de la banda de precios de referencia para cada combustible. Dicha banda se establece como un \u00b1 12,5% del precio de referencia intermedio.<\/p>\n<p><strong>Principales CARACTER\u00cdSTICAS de LA LEY SIPCO:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Se aplica solamente a cuatro combustibles: gasolina automotriz, petr\u00f3leo diesel, gas licuado de petr\u00f3leo de uso vehicular y gas natural comprimido de uso vehicular.<\/li>\n<li>Mantiene la cobertura de la Ley N\u00b019.030 para el kerosene dom\u00e9stico (FEPP).<\/li>\n<li>Establece una componente variable a la componente base del impuesto espec\u00edfico. Dicha componente variable puede ser sumada o restada dependiendo de las condiciones internacionales de los precios en el mercado petrolero.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>SIPCO Ley N\u00ba 20.493 (14 de febrero de 2011)<\/strong><br \/>\nProductos: -Gasolina automotriz -Petr\u00f3leo diesel -Gas licuado de petr\u00f3leo de uso vehicular -Gas natural comprimido)<br \/>\nBanda de precio: \u00b1 12,5% sobre el precio de referencia Intermedio.<br \/>\nPrecio de Paridad: Cada uno de los productos es observado semanalmente en un mercado relevante o en dos mercados relevantes, determin\u00e1ndose la paridad respectiva. Los mercados observables son los de: Costa del Golfo de EE.UU, o el promedio de Costa del Golfo de EE.UU. y Nueva York.<br \/>\nPara el Precio de Referencia se toma el precio WTI\u00a01\u00a0 (West Texas Intermediate), m\u00e1s un Diferencial de Refinaci\u00f3n para cada producto.<br \/>\nLa componente variable se resta o suma de la componente base del impuesto espec\u00edfico si el precio de paridad est\u00e1 por sobre o debajo de la banda de referencia.<br \/>\nLa componente variable se determina como la diferencia entre el precio de paridad y el l\u00edmite superior o l\u00edmite inferior, seg\u00fan este por encima o debajo de la banda. Para el gas natural comprimido, la componente variable es la que est\u00e1 determinada para el gas licuado vehicular multiplicada por el factor 1,5195<br \/>\nEL total de cr\u00e9ditos proyectados, esto es, la suma de cr\u00e9ditos e impuesto en las pr\u00f3ximas 16 semanas, no debe exceder el 50% del saldo del Fondo de Estabilizaci\u00f3n de Precios de los Combustibles al 30 de junio de 2010. El Servicio de Tesorer\u00edas inform\u00f3 que este monto corresponde a US$180.736.228.88<br \/>\nFuente: Comisi\u00f3n Nacional de Energ\u00eda (CNE)<\/p>\n<p>1 WTI Pertenece a los llamados &#8220;crudos marcadores&#8221; porque sirven de referencia para transacciones realizadas con otros crudos. El WTI se produce en los estados de Texas y Nuevo M\u00e9xico en Estados Unidos; y fue originalmente seleccionado en 1983 como la referencia principal para el New York Mercantile Exchange (Bolsa N.York). Otro &#8220;crudo marcador&#8221; es el Brent Dated que proviene de la cuenca del Mar del Norte europeo, frente al Reino Unido y que es utilizado preferentemente en la Bolsa de Londres.<\/p>\n<h4>INFORMES SIPCO:<\/h4>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hist\u00f3rico Sistema de Protecci\u00f3n al Contribuyente ante las Variaciones en los Precios Internacionales de los Combustibles El SIPCO fue creado por la Ley N\u00ba 20.493 publicada el 14 de febrero del 2011, con la finalidad de establecer un mecanismo de protecci\u00f3n ante las variaciones en el precio internacional de los combustibles incluidos en la Ley [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":33,"menu_order":2,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"tpl-tarificacion-hidrocarburos.php","meta":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.cne.cl\/en\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/39"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.cne.cl\/en\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.cne.cl\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cne.cl\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cne.cl\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=39"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/www.cne.cl\/en\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/39\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":59614,"href":"https:\/\/www.cne.cl\/en\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/39\/revisions\/59614"}],"up":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cne.cl\/en\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/33"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.cne.cl\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=39"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}