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Consejos consultivos

A continuación se presenta el detalle de el consejo consultivo de este Organismo. (Comisión Nacional de Energía)

Nombre del mecanismo de participación ciudadana Forma de integración Nombre de sus consejeros Representación o calidades
Consejos Consultivos Se definirá en el correspondiente Acto Administrativo que los constituya formalmente. Se definirá en el correspondiente Acto Administrativo que los constituya formalmente. Se definirá en el correspondiente Acto Administrativo que los constituya formalmente.
Consejo de la Sociedad Civil Al menos con un representante del Ministerio de Energía ; un representante de la Asociación Gremial en materias de Energía más representativa del país, elegido por ésta ; un representante de Universidades o Centros de Investigación, designados por éstas dos representantes de las Asociaciones de Consumidores, designados por éstas. La determinación se efectúa por Resolución del Ministro de Energía. Se definirá en el correspondiente Acto Administrativo que los constituya formalmente. Un representante del Ministerio de Energía ; un representante de la Asociación Gremial en materias de Energía más representativa del país, elegido por ésta ; un representante de Universidades o Centros de Investigación, designados por éstas dos representantes de las Asociaciones de Consumidores, designados por éstas. La determinación se efectúa por Resolución del Ministro de Energía.

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