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Precios de Paridad
Precios de Paridad
En términos generales, en Chile existe libertad de precios los que se rigen por sus cotizaciones internacionales a través de la paridad de importación e internamente por el mercado.
Es la Comisión Nacional de Energía la que determina semanalmente los precios de paridad y de referencia de los combustibles para efectos del Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo, comprendidos en la Ley Nº 19.030 y Nº 20.115 y sus respectivas modificaciones.
Los precios de paridad se especifican para los combustibles gasolina automotriz, kerosene doméstico, petróleo diesel, petróleos combustibles y gas licuado y se entiende por precio de paridad a la cotización observada en los mercados internacionales relevantes (el principal mercado relevante es el de la Costa del Golfo de Estados Unidos), considerando el valor FOB (free on board), los costos de transporte, seguros, derechos de aduana y otros gastos y costos de internación, según corresponda.